La Asamblea Nacional aprobó en primera legislatura, de manera unánime, una Reforma Parcial al Artículo 125 de la Constitución Política de la República y modificaciones a la Ley de Organización, Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional, Ley No. 872, que refuerzan el papel de la Copresidencia de la República como Jefatura Suprema de nuestras Fuerzas Policiales.
La reforma constitucional establece que la Copresidencia de la República tendrá la facultad de nombrar a dos Jefes de las Fuerzas Policiales de la República de Nicaragua por un período de seis años, así como a los Subdirectores y Subdirectoras Generales y al Inspector o Inspectora General de la institución. De igual manera, otorga la atribución de conceder los grados de Primer Comisionado o Primera Comisionada y de Comisionados y Comisionadas Generales, fortaleciendo así la conducción política y estratégica de la Policía Nacional.
En correspondencia, la modificación a la Ley No. 872 reafirma que la Copresidencia de la República, en su calidad de Jefatura Suprema, podrá prorrogar en sus cargos a los jefes policiales de acuerdo con los intereses supremos de la Nación. La disposición consolida el principio de continuidad y estabilidad institucional en una de las entidades fundamentales garantes de la paz, seguridad y orden interno de las familias nicaragüenses.
Asimismo, la reforma establece un ajuste en el ordenamiento jurídico nacional: donde antes se leía “Director o Directora General de la Policía Nacional”, deberá leerse a partir de ahora “Jefes de las Fuerzas Policiales de la República de Nicaragua”, reafirmando el carácter colegiado de la conducción policial bajo la orientación de la Copresidencia de la República.
