El 9 de enero de 1987, hace 36 años, fue promulgada la Constitución Política de Nicaragua. El diputado sandinista Carlos Emilio López Hurtado resaltó algunos aspectos esenciales para comprender mejor el significado y la importancia de este hecho histórico.
La Constitución Política de Nicaragua fue aprobada en la primera Etapa de la Revolución; se diseñó, elaboró y redactó entre 1984 y 1986, con la participación de todo el pueblo de Nicaragua, se impulsó un proceso de consultas para la redacción de la Constitución, donde participaron trabajadores, estudiantes, profesionales, religiosos, sectores políticos de aquel momento, empresarios, campesinos, pueblos originarios y descendientes, personas con discapacidad. Todos los sectores políticos, culturales, religiosos del país participaron, dirigido por el Comandante Carlos Núñez Téllez (Q.E.P.D.) quien fue coordinador del Consejo de Estado y luego fue Presidente de la Asamblea Nacional.
Finalmente, se terminó de redactar la Constitución y se aprobó en 1986, luego entró en vigencia en 1987, es decir, en la primera Etapa de la Revolución. Desde enero de 1987 hasta la fecha, es la misma Constitución la que tenemos.
Esta Constitución es considerada por expertos en Derecho Constitucional y Derechos Humanos como la constitución más garantista de derechos humanos, ya que establece todas las categorías de derechos. Todas las familias de derechos están reconocidas en la constitución: derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, es decir, derechos de primera, segunda y tercera generación. También están reconocidos derechos de la sociedad, derechos de la niñez, adolescencia, juventud, mujeres, de los pueblos originarios, de los campesinos, personas con discapacidad, trabajadores.
Esta Constitución experimentó sus últimas reformas en 2014, donde se amplió el catálogo de derechos mencionados anteriormente y se reconocieron derechos relacionados a la Madre Tierra, derechos de los trabajadores para participar en la formulación e implementación de políticas económicas, sociales y culturales, derechos de los Pueblos Originarios y Afrodescendientes relacionados a su cultura y sus cosmovisiones, derechos de las Personas con Discapacidad relacionados a la no discriminación, derechos de las víctimas de delitos para que reciban un resarcimiento. Se estableció la familia, la comunidad como centros, protagonistas y sujetos del Plan Nacional de Desarrollo Humano y se estableció un Modelo de Alianza, Diálogo y Consenso para la creación de políticas públicas y políticas de desarrollo del país.
La Constitución Política de la República es la Ley suprema, la Ley madre, la Ley superior de donde dependen todas las leyes y nuestro gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional toma en cuenta la Constitución para el diseño, formulación e implementación de todas las políticas, programas que tienen como centro a las personas, familias y comunidades y sus derechos.